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Clausura PROEPA Tequilera en Amatitán por manejo inadecuado de sus vinazas

La Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente (Proepa), realizó una clausura parcial temporal a una tequilera ubicada en el municipio de Amatitán, esto debido al tratamiento inapropiado y disposición de sus residuos de manejo especial (RME) como son las vinazas.

Con el objetivo de verificar física y documentalmente que la tequilera cumpliera con sus obligaciones ambientales en lo referente al tratamiento integral de sus vinazas (almacenamiento, acopio y/o disposición final, consideradas éstas como un residuo de manejo especial en estado líquido) y en materia de emisiones a la atmósfera, el personal operativo de la Proepa realizó una visita de inspección.

Se observó que dentro de las instalaciones de la empresa no se realiza el tratamiento adecuado ni la disposición final de las vinazas generadas como resultado de sus procesos productivos. En materia de emisiones a la atmósfera, no se acreditaron los límites máximos permitidos en las normas oficiales mexicanas aplicables.

Lo anterior representa un riesgo para el equilibrio ecológico por la posible contaminación que pudiera generarse.

Al momento de la visita, la empresa no acreditó contar con licencia ambiental única, con su registro como gran generador, ni con la validación de su plan de manejo, todos ellos emitidos por la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet).

Aunado a lo anterior, se observó descarga de vinazas sin tratamiento previo en el arroyo que corre en la parte posterior de las instalaciones de la empresa, y no se presentó la autorización correspondiente emitida por la autoridad federal.

Se realizarán las denuncias correspondientes ante la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) para que actúen en el ámbito de sus atribuciones.

Se colocaron sellos de clausura en las válvulas de alimentación y de descarga a un alambique de rectificación ubicado en el área de producción del establecimiento, implementando con ello la clausura parcial temporal con fundamento en el Artículo 144 fracción I de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LEEEPA).

Cabe destacar que la medida de seguridad impuesta permanecerá en tanto que la empresa acredite realizar las adecuaciones necesarias en el tratamiento y manejo de sus vinazas, y a la presentación de las autorizaciones correspondientes, para que con ello cumpla con la normatividad ambiental vigente del Estado.

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